Calendario de Presentación de la Declaración de Sobretasa a la Gasolina
VIGENCIA
MES
DESDE
HASTA
2026
ENERO
01/02/2026
18/02/2026
2026
FEBRERO
01/03/2026
18/03/2026
2026
MARZO
01/04/2026
20/04/2026
2026
ABRIL
01/05/2026
19/05/2026
2026
MAYO
01/06/2026
18/06/2026
2026
JUNIO
01/07/2026
21/07/2026
2026
JULIO
01/08/2026
18/08/2026
2026
AGOSTO
01/09/2026
18/09/2026
2026
SEPTIEMBRE
01/10/2026
19/10/2026
2026
OCTUBRE
01/11/2026
18/11/2026
2026
NOVIEMBRE
01/12/2026
18/12/2026
2026
DICIEMBRE
01/01/2027
18/01/2027
El plazo para declarar y pagar la Sobretasa Departamental
a la Gasolina Motor se encuentra establecido en el Artículo 4to.
de la Ley 681 de 2001 que dispone: El inciso 1o. del artículo 124 de la Ley 488 de 1998 quedará así:
"Artículo 124. Declaración y pago. Los responsables
cumplirán mensualmente con la obligación de declarar y pagar
las sobretasas, en las entidades financieras autorizadas para
tal fin, dentro de los dieciocho (18) primeros días calendario del
mes siguiente al de causación. Además de las obligaciones de declaración y pago,
los responsables de la sobretasa informarán al Ministerio de Hacienda y
Crédito Público - Dirección de Apoyo Fiscal, la distribución del combustible,
discriminado mensualmente por entidad territorial, tipo de combustible y cantidad del mismo.
Los responsables deberán cumplir con la obligación de declarar en aquellas entidades territoriales
donde tengan operación, aún cuando dentro del periodo gravable no se hayan realizados operaciones gravadas."
.
Gobernación de Córdoba Secretaria de Hacienda Nit. 800-103.935-G cordoba.gov.co